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Interesante artículo en MAGISTER LUCENTINUS, sobre NUEVOS ROBOTS INTELIGENTES, Patentes y Propiedad Intelectual.

Leemos noticias, cada día, sobre “robots inteligentes” … Llegarán a trabajar de forma autónoma … Por tanto, serán capaces de “crear” … Programas de ordenador nuevos, o herramientas nuevas …

Estos “inventos” de los robots … ¿Serán protegibles? ¿Como Patentes o como Propiedad Intelectual? ¿Quién será el propietario de esos nuevos derechos?

En principio, el conjunto tecnológico que forma un robot, o parte de él, puede ser patentado. Las patentes relacionadas con la automatización del proceso productivo son frecuentes, desde los años 2000.

¿Qué pasa si el robot puede “inventar”, “crear” productos o software nuevos? Los robots de última generación incluyen “algoritmos de aprendizaje”: pueden interactuar y modificar su actuación … El resultado puede ser un proceso o producto patentable …

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¿De quién es la “creación” del robot?

¿De quién es la “invención”? ¿Quién puede patentarlo? ¿El usuario que usa el robot? ¿Quien ha creado o fabricado el robot? ¿No se protege?

En Reino Unido, las obras creadas por robots o sistemas de Inteligencia Artificial IA son protegibles. Se atribuyen al propietario del “generador de creatividad”. En cambio, en EE.UU. o la Unión Europea, en principio, no se reconocería “actividad inventiva” a obras “creadas” por una máquina, salvo si hay clara intervención humana.

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Robots y Propiedad Intelectual / Copyright

En materia de Propiedad Intelectual, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que sólo se pueden considerar “creaciones” a las que reflejen la personalidad del autor, es decir, la persona física.

Es probable que las tendencias actuales nos acerquen a la posición británica. Que se atribuya la propiedad de las “creaciones” de robots a los dueños de la máquina.

Santiago Nadal