1.- La financiación clásica vs el nuevo paradigma
El viejo modelo de financiación de las empresas audiovisuales, donde la mayor parte de la financiación se obtenía de fuentes públicas, está completamente obsoleto.
Este cambio deriva, entre otros, de:
– la disminución de las ayudas y subvenciones públicas;
– la promulgación de la Ley del Cine (Ley 55/2007) que intenta atraer el sector privado para la financiación del sector;
– y el fomento, por parte del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), de la constitución de Agrupaciones de Interés Económico y la inversión en Entidades de Capital Riesgo.
Todo ello ha llevado a un modelo consistente en aportaciones reintegrables, préstamos a bajo interés, fondo de capital riesgo y subvenciones propiamente dichas.
2.- Ayudas y subvenciones de fuentes públicas
La actual recesión económica ha mermado considerablemente los fondos para ayudas públicas a todos los niveles: autonómico, nacional e, incluso, internacional.
2.1.- Ayudas autonómicas
El Fomento de la cultura es una de las atribuciones otorgadas a las Comunidades Autónomas por la Constitución Española.
La mayor parte de las mismas disponen de un sistema de ayudas a la industria audiovisual, si bien la cuantía y las actividades que reciben apoyo son distintas en cada una y la mayoría llevan implícitas la potenciación de las costumbres e idiomas autóctonos, a la vez que conllevan la obligatoriedad de algunos requisitos también ligados a la Comunidad en cuestión.
En concreto en Catalunya el principal organismo de ayudas a este sector es el Insitut Català de les Empreses Culturals (ICEC) y el organismo encargado de facilitar la solicitud de las mismas es la Oficina de Suport a la Iniciativa Cultural (todos ellos dependientes del Departament de Cultura de la Generalitat).
La regulación e información íntegra y oficial sobre las referidas subvenciones se encuentra en:
– Ley de finanzas públicas de Catalunya;
– Ley General de subvenciones ;
– Reglamento de la Ley General de Subvenciones;
– y “Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya“.
Existen los siguientes tipos de ayudas:
2.1.1.- Las subvenciones no reintegrables, con sus tres modalidades:
– Subvenciones para empresas audiovisuales;
– Subvenciones para el desarrollo empresarial;
– Y subvenciones para la promoción internacional.
2.1.2.- Aportaciones y subvenciones reintegrables
2.1.3.-Crédito cultura
2.1.4.-Préstamo para inversiones y circulante
2.2.- Ayudas estatales
– Las ayudas y subvenciones estatales las convoca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a través del ICAA.
– Otro organismo, aunque no es específico del sector audiovisual, es el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, dependiente del Ministerio de Economía y Competitividad (CDTI).
– Las ayudas estatales del sector audiovisual están reguladas por la Ley del Cine.
2.3.- Ayudas Internacionales
– Uno de los principales organismos europeos a los que acudir es el Programa MEDIA. Es un Programa comunitario de apoyo a la industria europea del audiovisual. En Enero de 2007 se lanzó el programa MEDIA 2007-2013, que estará vigente hasta diciembre del 2013. A partir de 2014, el Programa pasará a formar parte de Europa Creativa.
– También existe el Fondo de Garantía MEDIA: Audio Visual SGR, relacionado con el organismo anterior.
– Por otro lado encontramos el Programa IBERMEDIA, un programa de estímulo a la coproducción de películas de ficción y documentales realizadas en la comunidad iberoamericana, integrada por 19 países.
– El Programa EURIMAGES promociona la industria audiovisual europea proveyendo de soporte financiero a las películas, animaciones y documentales producidos en Europa.
– El organismo European Film Promotion, financiado por la Comisión Europea, está dedicado a la promoción del cine europeo a través de acciones conjuntas de intercambio y cooperación que tienen lugar en el marco de festivales y mercados de primer nivel.
3.- Crowdfunding
Como alternativa a las fuentes tradicionales de financiación encontramos el Crowdfunding. Se trata de un sistema de financiación colectiva que utiliza las redes sociales para llegar a muchas personas, los micromecenas.
En España y en los países de habla hispana existe una plataforma de Crowdfunding única y exclusivamente para el cine y medios audiovisuales, llamada Kifund.
Existen otras plataformas de Crowdfunding, como Verkami. Ésta está radicada en Catalunya, creada para financiar proyectos originales y creadores independientes y, a diferencia de la anterior, no es exclusivamente para films.
4.- Incentivos fiscales aplicables a las inversiones cinematográficas
El art. 21 de la Ley del cine establece la obligatoriedad del ICAA de apoyar en el marco de la legislación tributaria, la aplicación de medidas que contribuyan al fomento de la cinematografía y del audiovisual.
A nivel mundial, los incentivos más extendidos son los “Tax Rebate” que consisten en devolver al productor vía impuestos un porcentaje la inversión efectiva realizada en el lugar de rodaje.
En España, los beneficios fiscales previstos por Ley se materializan por una parte en la deducción por inversiones cinematográficas y la bonificación por la exportación de producciones cinematográficas y por otro lado mediante el aprovechamiento de las condiciones favorables que producen el uso de las Agrupaciones de Interés Económico (AIEs) y las Inversiones en Entidades de Capital Riesgo (ECRs) aplicadas a la cinematografía y al audiovisual.
La regulación de los inventivos fiscales aplicables a la inversión en producciones cinematográficas o audiovisuales españolas se encuentra tanto en la Ley del Cine, en sus art. 19 a 37, como en la Ley del Impuesto sobre Sociedades en el artículo 34.1[i].
5.- Comentario Final
Este cambio en el modelo de financiación derivado de la actual situación económica nos fuerza a apoyarnos en toda esta variedad de recursos que, bien utilizados, pueden permitir que ciertos proyectos se sigan produciendo aunque cueste pasar de un modelo más “cómodo” a uno más competitivo.
María Alemany Anglada