La importancia de los contratos escritos, snabogados

(Cliente)- Hola, buenos días. Tenemos un tema que querríamos solucionar cuanto antes.

(Abogado)- Dígame, dígame, ¿de qué se trata?

(Cliente)- Sí, es en relación con el contrato con uno de nuestros distribuidores. Le hemos enviado una carta resolviendo el contrato hace unos días y nos ha contestado diciendo que no está de acuerdo y que le tenemos que pagar unas cantidades. Y no, no, eso no puede ser. Querríamos que mire Vd. el tema, para enviarle una nueva comunicación y poder cerrar este asunto cuanto antes, porque esto nos supera, y nosotros nos dedicamos a fabricar y comercializar y estamos perdiendo ya mucho tiempo.

(Abogado)- Bien, pues necesitaría que me enviasen copia del contrato y de las comunicaciones que se han cruzado.

(Cliente)- ¿¿Contrato?? ¿Qué contrato? Nunca hemos tenido un contrato escrito. Es que nos conocíamos de antes, ¿sabe…? Y bueno, pues la confianza, las prisas…

(Abogado)- Pues necesitaré conocer determinados aspectos. Por ejemplo, ¿qué duración pactaron Vds? ¿Y para qué territorios? ¿Cuáles eran las condiciones económicas que pactaron?

(Cliente)- Mmhh… La verdad es que no pactamos ninguna duración. Y respecto al territorio, pues era España y Portugal, pero bueno, también ha distribuido a veces en Italia y Francia, pero vamos, que era España y Portugal, seguro. Y las condiciones económicas, pues han ido variando depende del año, ya sabe…

(Abogado)- Ya veo… Creo que lo mejor será…

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Aunque lo parezca, no es nada infrecuente encontrarse con situaciones de este tipo o similares en las que al intentar abordar un problema surgido entre las partes en una relación comercial, sale a la luz el hecho de que éstas nunca firmaron un contrato escrito, sino que la relación ha sido en su práctica totalidad verbal, con excepción de algún mail que otro intercambiado en el tiempo (si es que aun lo conserva alguna de las dos partes) y que además suele contener poca información.

Pues bien, no obstante los contratos verbales vinculen a las partes, la dificultad en estos casos siempre va a estar en determinar de manera clara todos los aspectos importantes de aquella relación, el concreto objeto, los derechos derivados para cada una de las partes, las obligaciones de las mismas, a veces incluso el ámbito territorial, también el temporal, etc.

Y en multitud de ocasiones parece que la palabra “contrato” asusta a las partes y se piensa que un contrato siempre ha de ser un documento ininteligible y tedioso que va a tener “muchísimas páginas” y que solo va a servir para demorar los negocios que las partes tienen prisa por iniciar.

Pues nada más lejos de la realidad, y es que aunque algunos contratos sí que sean ininteligibles y tediosos (hay de todo), los contratos escritos, al contrario de lo que muchas veces piensan los clientes, ayudan a determinar de manera clara, antes de iniciar la relación, los aspectos importantes que van a guiar esa relación entre las partes y por tanto van a ayudar al negocio. Es decir, ese contrato va a contener las “reglas de juego”, de manera que las partes puedan tener claro de antemano (o al menos lo más claro posible) cómo se va a regular su relación y qué va a pasar en caso de desavenencias. Y es que como se suele decir, los contratos se deben hacer cuando las cosas van bien, por si alguna vez dejan de ir bien.

Mònica López