UNA PANCARTA, SOBRE RUIDO Y MAL OLOR DE UN BAR,
NO VULNERA SU DERECHO AL HONOR
Interesante Sentencia del Tribunal Supremo de 29 Junio 2020. Considera que una pancarta informativa del ruido y mal olor de un bar no vulnera su Derecho al Honor. Considera proporcional la información, atendiendo a las circunstancias: el dueño del bar era consciente de las molestias que causaba a los vecinos, desde hacía años.
El Tribunal Supremo confirma la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que consideró que la persona que colocó la pancarta no vulneró el derecho al honor de la sociedad propietaria del bar. Aquél puso una pancarta en la terraza de su casa, encima del bar: sólo avisaba de que tenía abiertos expedientes administrativos, por ruido y malos olores.
Mucho tiempo antes de colocarse la pancarta, la actividad del bar ya provocaba problemas a los vecinos, por ruido y mal olor. Éstos habían presentado numerosas quejas y denuncias. Pero ni el Ayuntamiento ni la propietaria del bar habían solucionado los problemas.
El vecino de encima del bar puso una pancarta, en que informaba de las irregularidades y que el local no tenía licencia de actividad. El Ayuntamiento no se la daba, porque no cumplía las condiciones de tranquilidad y salubridad exigibles. El vecino retiró la pancarta, cuando supo que el bar había obtenido la licencia de actividad.
El Tribunal Supremo considera que la comunicación era veraz y proporcional a las circunstancias del caso.
El demandado probó que la dueña del bar sabía las molestias que causaban a los vecinos el ruidos, mal olor y horarios, desde hacía años. Había sido denunciada y requerida a respetar la normativa, en numerosas ocasiones. Cuando el demandado colocó la pancarta, seguían dándose esas irregularidades, que impedían que el local tuviera licencia de actividad.
La Sentencia considera que, la conducta del demandado no es desproporcionada, dada la larga duración de las molestias, la pasividad de la propietaria del bar y la tardanza de la Administración. Ante la gravedad de la situación, se limitó a instalar un cartel durante unos meses.
Además el texto del cartel no era insultante ni ofensivo. Sólo decía que el local estaba incumpliendo ciertas normas. Por último, lo retiró, cuando supo que el bar había obtenido la licencia de actividad.