Varias decisiones recientes, en Europa y en Japón, han sido favorables a conocidas marcas de coches.

LOS COCHES DEPORTIVOS SON DISTINTOS DE LOS OTROS VEHÍCULOS. MARCA SYRENA

Siguiendo con automóviles, IP Planet informa de una interesante Sentencia de 23 Septiembre 2020 del Tribunal General de la Unión Europea (Marca SYRENA : Polfarmex / Kaminski y EUIPO).

SYRENA era una marca de coches polacos, en la época comunista. Con el hundimiento del régimen, los coches dejaron de producirse y venderse. Años después, volvieron a salir al mercado vehículos de competitión de alta gama, con dicho nombre.

En 2011, Arkadiusz Kaminski registró la marca SYRENA, para las clases 9 (ordenadores y videojuegos); 12 (vehículos) y 28 (juegos, modelos de vehículos). En 2016, Polfarmex solicitó la revocación de esta marca por falta de uso genuino durante 5 años. La EUIPO revocó la marca para todos los productos excepto en Clase 12: automóviles.

Caducidad de marca por falta de uso. ¿Qué es uso de marca?

La EUIPO concluyó que la Marca SYRENA se había usado, aunque se aportaron pocas facturas de venta de automóviles con la marca. Lo consideró normal, porque la marca sólo se usó para automóviles deportivos. El mercado de estos coches es limitado, en comparación con los vehículos “normales”. La publicidad y preparativos para usar la marca se consideraron suficientes.

Polfarmex recurrió la decisión de la EUIPO ante el Tribunal General. Éste ha anulado la marca parcialmente.

Uso limitado en un mercado limitado. Preparativos para comercializar

El Tribunal General parte de la base de que la , en el mercado de automóviles deportivos de alta gama, no destinados al uso normal y cotidiano por carretera y cuyo precio supera el de muchos automóviles, es relativamente baja. Se fabrican bajo pedido y se vende un número limitado de vehículos.

El Tribunal considera que la aportación de documentos contables con cifras de ventas o facturas no es necesaria, para establecer el uso efectivo de esta marca, dadas las anteriores circunstancias.

Además, las pruebas muestran que la empresa había hecho preparativos y publicidad, para comercializar vehículos “modelo SYRENA Meluzyna R”, estaba a punto de comercializar el vehículo y estaba preparada para atender pedidos.

El uso genuino de la marca, para algunos productos, no es uso para otros productos diferentes

Sin embargo, el Tribunal General limita ese uso genuino de la Marca SYRENA. No considera que su uso para coches deportivos no cubre la totalidad de la Clase 12 (vehículos).

Según el Tribunal, los coches de carreras son una subcategoría diferenciada dentro de los vehículos. Su objeto no es llevar conductor y pasajeros, ni circular por vías públicas. Por tanto, su finalidad es diferente a la de otros coches.

El uso genuino de la marca sólo se ha establecido en relación con carreras de coches; y, por tanto, para una subcategoría independiente de vehículos. Así que sólo puede “curarse por uso” la Marca SYRENA, para “coches de carreras”; pero debe anularse para «coches» de la Clase 12 en general.

Santiago Nadal