¿Puede un tribunal del Reino Unido o de la Unión Europea decidir sobre la validez de una patente de un país tercero?
Interesantes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal de Apelación del Reino Unido, comentadas por I.P. Planet y IpKat. Jurisdicción / competencia del tribunal en cuestión (de la Unión Europea o del Reino Unido) a la hora de decidir sobre la validez de una patente, esgrimida en un juicio, y que es de un tercer estado (EE.UU. o China, por ejemplo).
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE de 8 Septiembre 2022 (IRnova / FLIR Systems) estudia si los tribunales de la Unión Europea pueden conocer sobre la validez de una patente extranjera.
Las empresas suecas IRnova y FLIR Systems, dedicadas a la tecnología infrarroja, tenían una relación comercial, que se rompió.
IRnova demandó a FLIR Systems, ante el Tribunal de Patentes de Estocolmo. Reclamó su mejor derecho sobre las invenciones cubiertas por ciertas solicitudes de patentes presentadas por FLIR, en base a solicitudes de patentes y patentes europeas, estadounidenses y chinas. Los inventos habrían sido realizados por un empleado de IRnova; y ésta era su titular, como empresa en que trabajaba el inventor.
El Tribunal de Patentes declaró que tenía jurisdicción para conocer de la acción de Irnova en relación con las solicitudes de patentes europeas; pero no a las invenciones cubiertas por las solicitudes de China y EE.UU. Decidir quién era su inventor está ligado al registro y vigencia de las patentes.
Consideró que los tribunales suecos no tienen jurisdicción, porque el Art. 24, Ap. 4, del Reglamento Núm. 1215/2012, de 12 de Diciembre de 2012 (Reglamento Bruselas I Bis) dice:
Son exclusivamente competentes ….. (4) en materia de inscripciones o validez de patentes …. los órganos jurisdiccionales del Estado en que se haya solicitado [o] efectuado … el depósito o registro …
¿JURISDICCIÓN SOBRE DERECHOS EN PATENTES EXTRANJERAS?
IRnova recurrió ante el Tribunal de Apelación de Estocolmo.
Éste se planteó si los tribunales suecos tienen jurisdicción sobre el derecho a una invención, en relación con patentes extranjeras. El Art. 24, Ap. 4, del Reglamento Bruselas I Bis establece que los tribunales del Estado Miembro en que se registró la patente tienen competencia exclusiva en los procedimientos sobre su registro o validez.
Sin embargo, decidir quién es el titular de un derecho de patente no entra dentro de esa jurisdicción exclusiva. Es necesario determinar quién es el inventor. Decidir el titular del derecho sobre una invención podría implicar evaluar quién aportó la «novedad» o la «actividad inventiva». El hecho de que el solicitante de la patente no tenga derecho a solicitarla es un motivo de nulidad.
El Tribunal de Apelación de Estocolmo planteó al Tribunal de Justicia la siguiente cuestión prejudicial: ¿Está sometida a una jurisdicción exclusiva una acción para obtener una declaración de titularidad sobre una invención, basada en la condición de inventor, de acuerdo con las solicitudes de patentes y patentes registradas en un Estado no miembro?
SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea contesta que no se aplica el Art. 24, Ap. 4 del Reglamento Bruselas I Bis a procedimientos judiciales, para determinar si una persona es titular de una invención patentada en terceros países. Estos procedimientos no estarían, pues, sometidos a la jurisdicción exclusiva del estado tercero donde se registró la patente. Por tanto, el tribunal sueco tendría jurisdicción para decidir quién era titular de dichas patentes.