Interesante Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE de 28 Abril 2022 (Phoenix Contact v Harting Deutschland y Harting Electric) en materia de medidas cautelares en protección de una patente registrada y válida.
PHOENIX CONTACT solicitó una patente para un enchufe de conexión con clip de conductor de protección, ante la Oficina Europea de Patentes EPO. HARTING ELECTRIC se opuso a la patentabilidad del producto. La patente fue finalmente concedida, entre otros países, para Alemania.
En 2020, PHOENIX CONTACT solicitó Medidas Cautelares contra HARTING DEUTSCHLAND y HARTING ELECTRIC, ante los tribunales de Munich, para que les prohibiese la venta de productos que infringían su patente.
El tribunal alemán concluyó que la patente era válida y que estaba siendo infringida. Sin embargo, no podía ordenar una medida cautelar. La Jurisprudencia alemana establece que no se pueden ordenar medidas cautelares por infracción de patente, a menos que la patente:
- Haya sido concedida y su validez haya sido revisada por un tribunal durante el examen de la solicitud de medidas provisionales; y
- Haya sido también objeto de una decisión de la EPO o del Tribunal Federal de Patentes de Alemania, que confirme la validez de la patente.
El tribunal alemán consideró que dicha Jurisprudencia es incompatible con el Derecho de la UE, y planteó al Tribunal de Justicia la siguiente cuestión preliminar:
¿Es compatible con el Art. 9.1. de la Directiva 2004/48 que los tribunales alemanes se nieguen a conceder medidas provisionales por infracción de patente, en caso de que la validez de la patente no haya sido confirmada en procedimientos de oposición o nulidad en primera instancia?
Santiago Nadal