PROYECTO DE LEY DE APOYO A EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN

G5C ACABA DE ENVIARNOS ESTE ESCRITO. NOS HA PARECIDO INTERESANTE

El Consejo de Ministros ha remitido a las Cortes el Proyecto de Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

Quiere facilitar la actividad emprendedora y empresarial: desde la constitución de empresas y su régimen fiscal, al apoyo a la financiación y a la necesidad de hacer más fluida la relación entre las empresas y las Administraciones Públicas, y, llegado el caso, de proporcionarles mayores facilidades, para solventar dificultades empresariales a través de medidas ligadas a una “segunda oportunidad”.

APOYO A LA INICIATIVA EMPRENDEDORA

Se incluyen medidas para impulsar la cultura emprendedora y facilitar el inicio de actividades empresariales:
• Se crea el Emprendedor de Responsabilidad Limitada. La responsabilidad derivada de sus deudas empresariales no afectará a su vivienda habitual, si su valor no supera los 300.000 €.
• Se crea la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. Se pueden crear sociedades con capital inferior a 3.000 €, con régimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada, salvo determinadas condiciones para proteger a los terceros.
• Puntos de Atención al Emprendedor. Ventanillas únicas, para tramitar el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial.
• Los emprendedores podrán constituirse de forma ágil, como empresarios de responsabilidad limitada, o en forma societaria, a través de modelos simplificados y sistemas telemáticos.

• Segunda oportunidad. Acuerdo extrajudicial de pagos. El procedimiento es flexible. Se sustancia, extrajudicialmente, en breves plazos ante un registrador mercantil o un notario, que designará a un mediador encargado de llevar a buen término los fines perseguidos.

MEDIDAS FISCALES DE SEGURIDAD SOCIAL DE APOYO AL EMPRENDEDOR

• IVA de caja. Para paliar los problemas de liquidez y de acceso al crédito, se crea un régimen de IVA de caja. Las pymes y autónomos podrán aplazar el pago del IVA hasta que cobren la factura.

Podrán acogerse los empresarios, cuyo volumen de operaciones no supere los 2.000.000 €. Los  sujetos pasivos del impuesto pueden optar por retrasar el devengo y la declaración e ingreso del IVA repercutido en la mayoría de sus operaciones, hasta el momento del cobro, total o parcial.

• Incentivos a la inversión de beneficios. Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10.000.000 € podrán deducirse un 10% de los beneficios del período, que se reinviertan en la actividad. Será aplicable ya a beneficios que se generen en periodos iniciados a partir de 1.Ene.13.
• Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento: innovación empresarial. Las deducciones por I+D+i que se apliquen en un ejercicio podrán recuperarse mediante un sistema único.

Es una garantía, para los empresarios, de que podrán recuperar sus inversiones en I+D. Se aplicará ya a los gastos e inversiones en I+D realizados en 2013, pudiéndose cobrar en 2015.
• Incentivos fiscales para la cesión de activos intangibles (“Patent Box”). Se modifica el régimen fiscal aplicable a las rentas por determinados activos intangibles (por ejemplo, las patentes).

• Incentivos fiscales a los “business angels”. Para ayudar a la captación por empresas, de nueva o reciente creación, de fondos propios de contribuyentes, se establece un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los “business angels”, o de las personas interesadas en aportar solo capital para el inicio de una actividad o “capital semilla”:
• Deducción del 20% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será 20.000 € anuales.
• Exención de plusvalía al salir de la sociedad, si se reinvierte en otra, nueva o de reciente creación.
• Cotizaciones sociales a los emprendedores en situación de pluriactividad. Se reducen las cuotas de la Seguridad Social para las nuevas altas.

MEDIDAS PARA APOYAR LA FINANCIACIÓN DE LOS EMPRENDEDORES

• Se modifica la Ley Concursal en lo referente a los acuerdos de refinanciación, para regular de forma más clara y flexible determinados puntos de estos acuerdos.
• Se perfecciona el marco regulatorio de las cédulas de internacionalización. Se crean los “bonos de internacionalización”, para dar flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización.

Se refuerza el sistema público de avales y garantías. Se prevé una restructuración de las sociedades de garantía recíproca, para que puedan desempeñar, con mayor eficacia, sus servicios de aval a las pequeñas y medianas empresas.

MEDIDAS PARA FOMENTAR EL CRECIMIENTO EMPRESARIAL

• Reducción de cargas administrativas y eliminación de obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública.

FOMENTO DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA Y LA ECONOMÍA ESPAÑOLA

• Se refuerza el marco institucional de fomento a la internacionalización y algunos instrumentos financieros de apoyo a la internacionalización.
• Atracción de talento e inversión. Nuevo régimen de visados y autorizaciones de residencia.