Interesante Sentencia de 5 Febrero 2020 (Herbay / Hungría) del Tribunal Europeo de Derechos Humanos TEDH. Conflicto entre la obligación contractual de confidencialidad de un empleado y el Derecho a la Libertad de Expresión, reconocido en el Art. 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El TEDH confirma que la Libertad de Expresión protegida por el Artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos no se limita, solamente, a algunos escritos u opiniones.

Este asunto es muy interesante, por la importancia que están adquiriendo cláusulas y contratos de confidencialidad, y secretos empresariales. Al exigir el cumplimiento de las obligaciones contractuales de confidencialidad, el empresario debe tener en cuenta si la sanción (y la obligación contractual) impuesta es apropiada, teniendo en cuenta:

  • Los motivos del autor
  • El daño que sus manifestaciones causa al empresario
  • La necesaria prueba del daño sufrido y de su magnitud

 

PÁGINA WEB DEL SR HERBAY. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL DE SU EMPRESARIO 

El Sr. Csaba Herbay trabajaba en el Banco de Hungría, gestionando la política salarial de los empleados. Tenía una obligación contractual de confidencialidad: no hacer pública información sobre el funcionamiento y actividades del Banco.

El Sr. Herbay tenía un página web, dedicada a la gestión de recursos humanos. Se presentaba como un experto, que trabajaba en un banco, sin especificar en cuál.

Publicó dos artículos en su página web, que el banco consideró incumplían su política de confidencialidad y fue despedido.

 

¿LIBERTAD DE EXPRESIÓN O CONFIDENCIALIDAD?

El Sr. Herbay agotó la vía judicial interna. Alegó que sus artículos estaban protegidos por su Libertad de Expresión. Su web planteaba cuestiones de interés profesional y público, de los cambios en el  impuesto sobre la renta. No contenía información confidencial del Banco.

El Tribunal Constitucional húngaro consideró que sólo podría alegar su Libertad de Expresión, si la información fuera de interés general. En este caso, no lo era, porque la información publicada era empresarial.

El Sr. Herbay recurrió al TEDH. Alegó que su despido, basado en el contenido de su web, era contrario a la Libertad de Expresión, reconocida en el Art. 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

 

SENTENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS 

El Tribunal recuerda que la Libertad de Expresión también se debe aplicar, en el contexto de las relaciones de empleo privadas. Véase STEDH 21 Julio 2011 (“Heinisch / Alemania”).

Necesario Equilibrio de Derechos

El TEDH dice que se debe garantizar el equilibrio entre la Libertad de Expresión del empleado y la necesaria confianza mutua entre éste y su empresario.

Algunas expresiones podrían no ser legítimas, en el contexto de esas relaciones, pero no es el caso.

Naturaleza de la Información

El TEDH considera irrelevante la naturaleza de la información transmitida por el empleado. La Libertad de Expresión no se limita a ciertas informaciones, o ideas.

Daños Causados al Empresario 

El TEDH reconoce que la legislación húngara permite que la empresa decida qué conductas de sus empleados pueden llevar al mal funcionamiento de las relaciones laborales, aunque ese mal funcionamiento no sea manifiesto.

 

Pero, en este caso, el banco ni siquiera intentó probar cómo la web del Sr. Herbay había afectado a sus intereses comerciales.

Medida Desproporcionada 

El TEDH considera, además, que la decisión de despedir al empleado no ponderó si se podía imponer una sanción menos severa.

Libertad de Expresión en Relaciones Laborales 

La Sentencia del TEDH concluye que debe asegurarse el Derecho a la Libertad de Expresión, incluso en las relaciones entre empresario y empleado.

El TEDH considera que los tribunales nacionales no contrastaron los intereses en juego. Decidieron sobre el conflicto, basándose, solamente, en el Contrato de Confidencialidad entre el empleado y el Banco, sin tener en cuenta el derecho de aquél a la Libertad de Expresión.