La Justicia Europea sigue definiendo qué sea uso de marca, en los casos en que la Marca UE registrada se utiliza mezclada con otros signos o con otros elementos. ¿Esos «usos mixtos» son uso de marca? ¿O no hay uso de marca y, por tanto, se pueden caducar esas marcas no usadas?

Otra reciente Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea TGUE 19 Octubre 2022 (Castel Frères / Shanghai Panati), también interesante, clarifica qué es uso de una marca. El Tribunal acepta la caducidad de una Marca UE formada por caracteres chinos, por falta de uso, porque se utilizaba junto a palabras en francés, que atraían la atención del consumidor.

SHANGHAI PANATI CO. solicitó ante la EUIPO la caducidad de la Marca UE de CASTEL FRÈRES siguiente:

Alegó falta de uso efectivo de la Marca durante cinco años.

CASTEL FRÈRES presentó pruebas de que la marca se utilizaba para las etiquetas de vino de la siguiente manera:

La EUIPO estimó la solicitud de caducidad. Consideró que las palabras y demás añadidos a la Marca UE, tal como se usaba, podían alterar su carácter distintivo.

CASTEL FRÈRES recurrió al Tribunal General de la Unión Europea.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL GENERAL

El Tribunal General confirmó la decisión de la EUIPO. Afirma que la Marca UE impugnada, tal como está registrada, es una marca figurativa compuesta por tres caracteres del alfabeto chino. El público no podrá verbalizar ni memorizar estos caracteres chinos: serán percibidos como signos abstractos, sin sentido o como elementos decorativos que hacen referencia a China o a Asia.

Esta Marca UE va acompañada, en los envases de los productos y en los anuncios publicitarios, de las palabras «Dragon de Chine» y de un dragón. Estos elementos añadidos son claramente visibles y dominan la impresión de conjunto: tienen un carácter distintivo.

En cambio, la Marca UE impugnada se presenta en los envases y publicidad con un tamaño menor que las palabras «Dragon de Chine» y la representación del dragón. Por tanto, estos son los elementos dominantes. En cambio, los tres caracteres chinos serían percibidos como un elemento decorativo y no como indicación del origen empresarial de los productos.

Según el Tribunal, lo anterior no puede ser desvirtuado por el hecho de que, en el sector vitivinícola, dos o más marcas se utilicen de forma conjunta en las etiquetas. Las palabras «Dragon de Chine» son claramente visibles y ocupan una posición dominante en la impresión de conjunto producida por la marca, tal como se utiliza. Además, el público no percibe los tres caracteres chinos como indicación del origen del producto.

El Tribunal concluye que la Marca UE no se había usado, tal como había sido registrada. En consecuencia, ratifica que la Marca ha caducado por falta de uso.