Nos complace informarles que a partir de hoy ofrecemos, en colaboración con la firma de auditores Auditing y de la firma de abogados penalistas Rusca-Lahoz, un nuevo servicio a nuestros clientes, llamado “Auditoría de prevención de riesgos penales” y que consiste en la gestión y prevención de riesgos penales que le pudieran afectar de acuerdo a su actividad y sector de negocio en cumplimiento de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.

La “Auditoría de prevención de riesgos penales” nace como un producto con vocación de ayudar a las personas jurídicas, que deberán prevenir los efectos adversos que prevé la Ley si no se han tomado las medidas adecuadas de prevención.

El ordenamiento penal ha incorporado la obligación para las personas jurídicas de ejercer un debido control sobre la actividad de la empresa y las actuaciones de su personal, tanto por las actuaciones realizadas por sus representantes y directivos como por el resto del personal de la empresa, para intentar evitar que se puedan llevar a cabo actividades que impliquen riesgo penal.

El proceso de auditoría, tras una pormenorizada revisión, identificará determinadas áreas de riesgo sobre las que se centrará la actividad de control y prevención. Se desarrollaran mecanismos de control interno de prevención de los delitos a ejecutar por la  organización de la empresa, así como para la detección y supervisión de los mismos a realizar por parte de la Dirección.

El objetivo final es minimizar las posibilidades de que los riesgos penales pudieran concretarse en conductas delictivas y facilitar a la empresa la implantación de un modelo de prevención de riesgos penales.

La normativa vigente obliga a que las empresas establezcan un modelo de prevención de Riesgos Penales, el cual podrá actuar como atenuante, e incluso en algún caso como eximente de la responsabilidad penal de la persona jurídica. El modelo de prevención de riesgos penales es un sistema de control orientado a prevenir la comisión de delitos en el seno de la empresa mediante la revisión, análisis y supervisión de los procesos y actividades que se encuentran expuestos a los riesgos de comisión de delitos.

No deje pasar la oportunidad de prevenir los riesgos penales, las consecuencias que contempla la Ley son de un gran impacto y pueden afectar seriamente la supervivencia de la empresa. Entre otras, multas económicas, disolución de la persona jurídica, suspensión de actividades, clausura de locales, inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, etc.

Si quiere recibir más información, no dude en contactarnos, estaremos encantados de acompañarle en la prevención penal de su empresa.

Santiago Nadal