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¿Quién decide si una palabra o expresión es genérica? ¿Quién es el consumidor? ¿Cualquier usuario o el profesional? Sentencia de 8 Noviembre 2018.

Una compañía de EE.UU. registró la marca mixta “SPINNING”, para material deportivo, bicicletas, ropa, calzado … y equipos de entrenamiento. Tiene la misma marca, en Europa, para equipamiento deportivo y entrenamiento deportivo.

Aerospinning solicitó la nulidad de la marca SPINNING a la Oficina Europea de la Propiedad Intelectual EUIPO. Su argumento era que la palabra “SPINNING” ha pasado a ser genérica para “equipos de ejercicio” y “equipos de entrenamiento”: ciclismo “indoor”.

La EUIPO anuló la marca. La consideró genérica, para equipamiento deportivo y de entrenamiento. No tendría carácter distintivo.

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La titular de la marca recurrió al Tribunal General de la Unión Europea TGUE, que ha resuelto en Sentencia de 8 Noviembre 2018.

¿QUÉ ES EL PÚBLICO RELEVANTE?

El TGUE estudia si la palabra “spinning” es “distintiva”, para equipamiento deportivo y de entrenamiento.

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¿El usuario distinguiría los productos, por la marca?

¿Quién sería el público relevante? ¿Sólo los usuarios / consumidores?

¿O también los comerciantes?

Según el TGUE, se debe tener en cuenta a los comerciantes. Con frecuencia, las bicicletas de Marca SPINNING son compradas por propietarios de gimnasios o locales deportivos, para sus establecimientos.

Los comerciantes son esenciales, para decidir sobre la compra de un equipo para hacer ejercicio. Si compran o si influyen en la compra de sus clientes.

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Según el Tribunal, la EUIPO no tuvo en cuenta este relevante sector de los adquirentes de bicicletas. Éstos si “diferencian” / distinguen estos equipamientos por esa marca. No es un concepto genérico, para ellos.

Por tanto, la decisión de anular la marca fue incorrecta.

EFECTOS DE LA DECISIÓN EN TODA LA UNIÓN EUROPEA 

La Sentencia también es interesante, porque se refiere a una cuestión difícil, en Derecho de marcas de la Unión Europea. Los efectos pan-europeos de una decisión sobre una marca de la Unión.

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¿Qué territorio tener en cuenta, para decidir sobre una marca de la Unión?

¿Toda la Unión o algunos de los estados?

El TGUE sostiene que, si que una marca de la UE pierde su carácter distintivo en un solo Estado miembro, esa decisión tiene efectos en toda la Unión Europea; pierde sus derechos en toda la Unión.

Este razonamiento está en línea con el carácter unitario de las marcas de la Unión Europea. Proporciona una protección uniforme en toda la Unión.

Santiago Nadal