SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA

La Sentencia del TJUE contesta que la indicada Jurisprudencia es contraria al Derecho de la Unión Europea. Se apoya en diversos argumentos de fondo. Entre ellos, los siguientes.

Medidas Cautelares necesarias en Derecho de la Unión Europea

Dice la Sentencia que, según el Art. 9.1 (a), de la Directiva 2004/48, los Estados Miembros deben garantizar que, a petición del solicitante, las autoridades judiciales puedan dictar contra el presunto infractor un mandamiento judicial para prevenir la infracción inminente de un derecho de propiedad intelectual. Por tanto, obliga a los Estados Miembros a permitir que sus autoridades judiciales adopten mandamientos judiciales, tras examinar las particularidades del caso y cumpliendo los requisitos previstos en dicho artículo.

Añade el TJUE que, de conformidad con el Art. 9.1 (a, de la Directiva 2004/48, las medidas provisionales previstas en el Derecho nacional deben permitir la cesación inmediata de la infracción de un derecho de propiedad intelectual, sin esperar una decisión sobre el fondo. 

Medidas Cautelares y perjuicio irreparable por el paso del tiempo

Estas medidas están especialmente justificadas, si el retraso puede ocasionar un perjuicio irreparable. 

El factor «tiempo» reviste especial importancia para el respeto efectivo de los derechos de propiedad intelectual.

Sigue el Tribunal diciendo que un procedimiento nacional destinado a lograr la cesación inmediata de cualquier infracción de un derecho de propiedad intelectual sería ineficaz y no garantizara un elevado nivel de protección de la propiedad intelectual, si su aplicación estuviera sujeta a un requisito como el establecido por la jurisprudencia alemana.

Presunción de validez de la patente

La Sentencia recuerda que las patentes europeas registradas gozan de la presunción de validez desde el día en que se publica su concesión.

El TJUE concluye que el Art. 9. 1 de la Directiva 2004/48/CE, de 29 de abril de 2004 de Respeto a los Derechos de Propiedad Intelectual es incompatible con la Jurisprudencia alemana que desestima las medidas cautelares por infracción de patente, si la validez de la patente no ha sido confirmada por una resolución de primera instancia en un procedimiento de oposición o nulidad.

Santiago Nadal